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Ventanilla Única

El Registro de Sociedades Profesionales de este Colegio requerirá la inscripción en el mismo a los Graduados Sociales Colegiados Ejercientes integrantes de una sociedad profesional, tan pronto tenga conocimiento a través de nota simple remitida por el Registro Mercantil.

No obstante, y pese a ello algunos compañeros figuran bajo una denominación de sociedad mercantil, ya sea sociedad anónima o limitada, situación ésta que deberán corregir conforme a lo establecido en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales, la cual sí permite asociaciones de profesionales, siempre que en su denominación figure la expresión “profesional”.

Según la Disposición Transitoria primera de la citada Ley, las sociedades constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma (16-06-2007) deberán adaptarse a las previsiones contenidas en ella y solicitar su inscripción, o la de la adaptación en su caso, en el Registro Mercantil, en el plazo de un año desde la entrada en vigor, plazo que finalizó el 16 de junio de 2008.

Para ello, este Colegio Oficial dispone de los siguientes requisitos e impreso con la finalidad de quedar registrada la Sociedad Profesional del Colegiado enviando todo lo requerido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

  • Enviar impreso de solicitud cumplimentado

  • Adjuntar fotocopia tarjeta CIF definitivo de la Sociedad Profesional
  • Certificado de Inscripción del Registro Mercantil de la Sociedad Profesional.

Igualmente se informa de que cualquier cambio de los socios y administradores, y cualquier modificación del contrato social, serán igualmente objeto de inscripción en este Registro de Sociedades Profesionales, lo que nos debe comunicar en el caso de que se produzcan, de forma fehaciente.

 

EN TODOS LOS CASOS, SE REQUIERE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS CUOTAS Y/O CARGAS COLEGIALES PARA QUE SEA ADMITIDA LA SOLICITUD DE BAJA O REALIZAR LA LIQUIDACIÓN DE LAS CANTIDADES ADEUDADAS CON ANTERIORIDAD A LA SOLICITUD DE BAJA. EN LOS CASOS DE BAJA POR FALLECIMIENTO DEL TITULAR, BASTARÁ EL IMPRESO DE BAJA, DONDE SE INDIQUE CLARAMENTE EL MOTIVO DE LA BAJA Y LOS DATOS DEL FAMILIAR QUE LO SOLICITE.

  • Impreso de baja cumplimentado y firmado.

BAJA NO EJERCIENTE

  • Impreso de baja cumplimentado y firmado. Baja ejerciente
  • Devolución sello de compulsa.
  • Devolución Carnet colegial para quedar exonerado de la responsabilidad en que pudiera incurrir por uso indebido del mismo.
  • Fotocopia de Baja AUTÓNOMO
  • Fotocopia de baja en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas (036/037).
  • Fotocopia de baja en el Seguro de Responsabilidad Civil.
  • Devolución de la tarjeta de acceso a la Ciudad de la Justicia.
  • Comunicación fin de contrato o vida laboral actualizada para los ejercientes de empresa.

En caso de que deseara cambiar su modalidad como no ejerciente, además tendría que rellenar el impreso de alta correspondiente.

Colaboradores