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Medidas de Reactivación de Andalucía PDF Imprimir E-Mail

El BOJA de fecha 23 de julio de 2010 publica la Ley 8/2010, de 14 de julio, de Medidas Tributarias de Reactivación Económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Firmado Convenio TESOL entre el Colegio y el INSS PDF Imprimir E-Mail

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El Colegio de Graduados Sociales de Almería se suma a la plataforma TESOL del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que permite la solicitud vía telemática de prestaciones gestionadas por el mismo.

 

El pasado día 26 de Julio de 2.010, El Presidente de nuestro Colegio, mantuvo una reunión con la Directora Provincial del I.N.S.S. en Almería, con el fin de adherir al Colegio de Graduados Sociales de Almería al convenio de colaboración firmado recientemente entre el Consejo General de Colegios de nuestra profesión y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para utilización por los despachos de GRADUADOS SOCIALES de la plataforma TESOL (Transmisión Electrónica de Solicitudes), y así poder solicitar vía telemática todas las  prestaciones de Seguridad Social, un valor añadido puesto que mejora la relación del colectivo con la Administración, simplifica el trámite y ahorra costes de gestión.

El INSS considera, en el texto del convenio, que “los GRADUADOS SOCIALES son un aliado estratégico en el fomento del uso de los medios telemáticos” y que esta colaboración “tiene vocación de futuro en la medida que se vayan incorporando nuevas prestaciones a la plataforma”.  

 
Fiestas laborales de Andalucía para 2011 PDF Imprimir E-Mail

El BOJA de hoy publica el Decreto 308/2010, de 15 de junio, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011.

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Reforma Laboral 2010 PDF Imprimir E-Mail

El BOE de hoy publica el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

 
Extranjeros. Autorización de regreso de verano PDF Imprimir E-Mail

extranjeros3.jpgCon motivo de las vacaciones estivales podría producirse un incremento de solicitudes de AUTORIZACIÓN DE REGRESO, documento previsto en los artículos 6.3 y 18.6 del vigente Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, y que suponen a veces, en la práctica, la paralización en la tramitación de autorizaciones de residencia al tener que dar prioridad a la expedición de aquellas.

Con el fin de optimizar los recursos de que se dispone en las Oficinas de Extranjeros y Unidades de extranjería, por la demanda del citado documento, la Comisaría General dispone:

1º Con carácter general se seguirán expidiendo autorizaciones de regreso a los extranjeros que tengan en trámite la renovación de su autorización de residencia y reúnan los demás requisitos reglamentarios para obtener dicha autorización de regreso.
2º No obstante, excepcionalmente, desde el 14 de junio hasta el 30 de septiembre de 2010, se podrá autorizar la entrada a los extranjeros que se presenten en un Puesto Fronterizo del territorio nacional, terrestre o marítimo y acrediten estar en posesión de:
- Pasaporte o documento de viaje en vigor.
- Autorización de residencia caducada y
- Solicitud de renovación de la misma.
3º Los extranjeros que viajen por Vía Aérea y se encuentren en cualquiera de las situaciones señaladas en el punto 1º, deberán obtener dicha autorización de regreso a fin de evitar que las Compañías Aéreas se nieguen a transportar, desde los distintos aeropuertos de origen hasta España, a aquellos extranjeros que no acrediten estar en posesión de autorización de residencia en vigor o de la citada autorización de regreso.
4º Lo dicho anteriormente  referido a autorización de residencia se hace extensivo a extranjeros titulares de autorización de estancia por estudios (Tarjeta de Estudiante), cuya renovación se haya solicitado, y a aquellos a los que, solicitándola por primera vez, les hubiera sido expedido el visado correspondiente específicamente por estudios.
 
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